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  • Cuotas de Registro

    ¿Qué es la cuota de registro?

    La cuota de registro de Control de Rentas financia los servicios que se ofrecen para administrar la Ley de Control de Rentas. La cuota actual de registro es de $156 por unidad al año. Las facturas de la cuota de registro se envían por correo a los dueños de las propiedades cada año, no más tarde del 1o de julio. El pago debe hacerse antes del 1o de agosto.

    Los dueños de propiedades que pagan las cuotas anuales de registro a tiempo, con el aviso por escrito debido, pueden recuperar la cuota de registro de los inquilinos cobrándoles $13 dólares al mes a partir del 1o de septiembre. Este sobrecargo mensual puede añadirse al alquiler del inquilino, por encima de la Renta Máxima Permitida.

    ¿Qué tipo de unidades califican para la dispensación de la cuota de registro?

    La Junta del Control de Rentas puede dispensar la cuota de registro de las unidades ocupadas por inquilinos de muy bajos recursos que son personas de tercera edad o son personas discapacitadas, salvo cuando de otro modo, esto se prohíba en el Reglamento 11200. Además, la dispensación de la cuota está disponible para algunos dueños ocupantes, para algunas viviendas unifamiliares y condominios y para unidades ocupadas por inquilinos con rentas subvencionadas por un programa estatal o federal.

    Para obtener información sobre los requisitos de elegibilidad, incluyendo los documentos que se requieren, por favor lea la sección de Dispensación de las Cuotas de Registro y de los Sobrecargos.

    ¿Qué sucede después de que se otorga la dispensación?

    Una vez que se otorga la dispensación, a los propietarios ya no se les cobrará esa unidad. Si la cuota de registro para ese año ya se pagó, se dará un reembolso prorrateado al dueño de la propiedad. Los propietarios no pueden recolectar las cuotas de registro de los inquilinos que actualmente estén dispensados de esta cuota. La recolección de las cuotas de registro donde se haya dispensado la cuota, puede considerarse exceso de alquiler.

    Para verificar si una unidad cuenta con una dispensación de la cuota de registro, por favor comuníquese con la Junta del Control de Rentas.

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